Petición: Ampliación del seguro facultativo para que cubra prácticas profesionales, estancias y trabajos de tesis, garantizando protección médica durante actividades formativas fuera del aula.
Respuesta: La Secretaría de Vinculación, Extensión y Promoción de la Empleabilidad informa que el seguro facultativo es un beneficio estudiantil que se encuentra regulado por el Decreto Presidencial del 8 de septiembre de 1998 el cual da origen al Programa y establece como población derechohabiente exclusivamente a los estudiantes de los niveles medio superior y superior inscritos en instituciones educativas del Estado, siempre y cuando no cuenten con otra protección por parte del IMSS u otra institución de seguridad social. Derivado de este marco normativo, no es jurídicamente posible extender su cobertura a egresados para incluir actividades como prácticas profesionales, estancias o trabajos de tesis fuera del aula, ya que ello no se encuentra dentro de las disposiciones establecidas por el propio Instituto Mexicano del Seguro Social. No obstante, en atención al compromiso institucional de abonar a la preparación integral y a la continuidad formativa de nuestras y nuestros estudiantes, la Universidad ha considerado pertinente establecer el siguiente criterio: Las y los egresados podrán permanecer afiliados al Seguro Facultativo por un periodo máximo de seis meses posteriores a su egreso, siempre y cuando se encuentren realizando exclusivamente alguna de las siguientes actividades: • Prácticas profesionales • Servicio social • Tratamiento médico de carácter relevante, acreditado ante la Institución. (Dicha petición se realizará mediante oficio)
Tema de impacto: Política, gobierno y seguridad
Pilares de la transformación universitaria: 2 Estudiantado con oportunidades para su pleno desarrollo personal
Sector beneficiado: Alumnado
Dependencia de Administración Central de atención: Secretaría de Vinculación, Extensión y Promoción de la Empleabilidad
Porcentaje de avance: Atendido (100%)




